Atención… Atención… Atención…
Actualmente no existe ningún programa especial que permita a los Haitianos, Mexicanos o personas de otras nacionalidades para inmigrar o pedir refugio en Canadá.
Tenga cuidado con las asociaciones de “consultantes en inmigración”, o “pastores” que están proclamando la existencia de “programas canadienses especiales” para personas de su nacionalidad o ciudadanía. Dichos programas no existen. Si alguien trata de cobrarle dinero para ayudarle a ser admitido en dicho programa, sepa que estas personas lo están engañando; eso no es más que una estafa. Usted no necesita pagar para completar ningún formulario para solicitar refugio en Canda, el trámite es gratuito.
Si usted se encuentra en Estados Unidos, llena algunas de las excepciones al acuerdo del tercer país seguro (las excepciones están detalladas a continuación) y solicita refugio en la frontera canadiense, usted será tratado de la misma forma que cualquier otro solicitante de refugio que esta entrando a Canadá. Tendrá que demostrar que sufre persecución en su país de orígen para que su petición de refugio tenga éxito. Nadie es aceptado automáticamente como refugiado o como residente permanente en Canadá simplemente debido a su nacionalidad o ciudadanía.
Usted tiene que asegurarse que su situación cae bajo una de las excepciones del Acuerdo del Tercer País Seguro entre Estado Unidos-Canadá (Safe Third Country Agreement); el cual entró en vigor en Diciembre del 2004. Dicho acuerdo dice que, toda persona que se encuentra en Estados Unidos y que desea llegar a la frontera canadiense a solicitar refugio, ya no será elegible para hacerlo. Su solicitud sólo será aceptada si las autoridades canadienses determinan que dicha persona cae dentro de alguna de las siguientes excepciones:
1.Si usted tiene por lo menos uno de los siguientes familiares residiendo en Canadá:
- Conyuge, o compañero(a) de vida (tienen que haber vivido como pareja por lo menos 12 meses consecutivos – pueden ser pareja del mismo sexo o de sexo contrario); un tutor legal, un hijo o hija, padre, madre, hermano o hermana, abuelo, abuela, nieto o nieta, tío o tía, sobrino o sobrina.
Y dicho familiar llena uno de los siguientes requisitos:
Es ciudadano canadiense, residente permanente, persona protegida (persona que ha sido reconocida como refugiada o en necesidad de protección por las autoridades canadienses), solicitante de refugio (y la solicitud no ha sido rechazada, retirada, abandonada o considerada como no elegible) y mayor de 18 años.
2. Si usted es nacional o ciudadano de un país para el cual, el Canadá ha suspendido temporalmente las deportaciones, la lista actual de dichos países es: Afganistán, Burundi, Republica Democrática del Congo, Haití, Irak, Liberia, Ruanda, Zimbabwe. Esta excepción no se aplica si la persona es inadmisible por razones de criminalidad. [Esta excepcion fue eliminada el 23 de julio del 2009]
3. Si es nacional o ciudadano de un país del cual el Canadá no requiere visa pero los Estados Unidos si. Actualmente estamos hablando de Antigua y Barbuda, Barbados, Botswana, Chipre, Grecia, Malta, Namibia, Papua Nueva Guinea, Corea del Sur, St. Kitts y Nevis, Santa Lucia, San Vincente, Las Islas Solomon, Swaziland, Samoa del Oeste.
Para mas información sobre el acuerdo del tercer país seguro usted puede visitar las siguientes páginas web:
http://www.ccrweb.ca/s3cFAQ.html
http://www.cbsa-asfc.gc.ca/agency-agence/stca-etps-eng.html
http://www.cic.gc.ca/english/refugees/inside/index.asp
Algunas asociaciones de “consultantes en inmigración” o “pastores” están aconsejando a personas que estan en los Estados Unidos a ir a la frontera de Canadá para solicitar refugio sin antes haber revisado si dicha persona llena los requisitos de una de las excepciones descritas anteriormente. Esto es sumamente peligroso pues algunas personas que no llenan los requisitos han sido regresados a Estados Unidos, entregados a las autoridades migratorias y detenidos. Si usted no esta seguro de llenar una de las excepciones, por favor contacte a uno de los grupos que se listan más adelante.
Estas asociaciones de “consultantes de migración” o “pastores” también han producido sus propios formularios y le están cobrando a las personas ya sea para tener acceso a dichas formas o para llenárselas. Estos formularios no son oficiales y no le ayudan en nada ante las autoridades canadienses. Para más información sobre el proceso para solicitar refugio en Canadá, por favor contacte a uno de los grupos que se listan más adelante.
No se puede intercambiar un documento migratorio estadounidense por un documento o permiso canadiense.
Lista de grupos que pueden proveer información gratuita sobre el proceso de refugio ante las autoridades fronterizas canadienses
- Vermont Refugee Assistance: Tel. 802-223-6840, email vtrefuge@together.net o jenness@accessvt.com, www.vermontrefugeeassistance.org.
- Freedom House, Detroit, Tel. 313-964-4320 ext*833, fhdkoelsch@sbcglobal.net, www.freedomhousedetroit.org
- VIVE, Buffalo, Tel. 716-892-4354, www.vivelacasa.org
- Committee to Aid Refugees, Montreal, Tel. 514-272-6060, ext 5, email carmtl@gmail.com (para las personas que se encuentran en Montréal o en la provincial de Québec)
- FCJ Refugee Centre, Toronto, Tel. 416-469-9754, email fcjrefugeecentre@on.aibn.com (para las personas que se encuentran en Toronto),
Nota: Algunas asociaciones de “consultantes de migración” o “pastores” pretenden falsamente que tienen contacto o arreglos especiales con algunos de los grupos citados anteriormente y pueden hasta cobrar por referir a la persona a estas organizaciones. Esto es completamente falso, usted puede contactar cualquiera de estos grupos directamente y obtener asistencia gratuitamente.
La presente información es apoyada por el Consejo Canadiense para los Refugiados, la Tabla de concertación de organismos al servicio de las personas refugiadas e inmigrantes y Florida Immigrant Advocacy Centre.
La información en este aviso fue actualizada en fecha de agosto del 2009.
Aviso del gobierno canadiense
Comunicado de prensa del Procurador General de Florida